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EANA diferirá el pago de tasas a compañías aéreas

En lo que podría considerarse el primer auxilio económico/financiero directo enfocado en el sector aeronáutico por parte del estado argentino bajo el contexto de la pandemia del nuevo Coronavirus, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), dependiente del Ministerio de Transporte, anunció que diferirá el pago de las tasas de Protección al Vuelo en Ruta y Apoyo al Aterrizaje para las compañías aéreas que operen «servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional y sus aguas jurisdiccionales».

La medida, oficializada a través de la Disposición N° 072/2020 que lleva la firma de la Gerenta Genral de EANA, Dra. Gabriela Logatto, tiene como objetivo «aliviar la ecuación económico-financiera del transporte aéreo de pasajeros y la aviación general, sectores que acumulan una deuda aproximada a los US$9M en los últimos meses», y está en línea con lo que otros gobiernos y empresas prestadoras de servicios de navegación aérea han realizado alrededor del mundo.

De acuerdo a lo informado a través de un comunicado, abarca a las tasas del 1 de marzo hasta el 31 de agosto de este año, excluyéndose deudas vencidas con anterioridad, y no se cobrarán intereses por mora y punitorios.

Como contrapartida, las compañías aéreas deberán presentar antes del 1 de septiembre una propuesta formal de cancelación de la deuda contraída

Los operadores de servicios de transporte aéreo de pasajeros deberán presentar, hasta el 1 de septiembre del año 2020, una propuesta formal de cancelación de la deuda contraída por las tasas arriba mencionadas, la cual deberá cancelarse hasta el 31 de diciembre de 2020.

En lo que respecta a la Tasa Unificada Anual (TU), la cual impacta a las «aeronaves de reducido porte de menos de 5.700 kg afectadas al transporte aéreo no regular, las privadas que no se dediquen al transporte público y las de propiedad o utilizadas por empresas o corporaciones», EANA compensará el pago de todo el año 2020 en forma proporcional por el período abril-agosto, la cual se computará como saldo a favor en el pago de la tasa el próximo año, además de diferirse la fecha límite de pago al 30 de junio de 2020.

“Esta iniciativa busca que tanto la aviación general como el transporte aéreo de pasajeros, puedan gestionar su liquidez a mediano plazo y logren sobrellevar este periodo con más facilidad dentro del panorama planteado”, señaló Logatto.

Edgardo Gimenez Mazó
Edgardo Gimenez Mazó
Cofundador de Aviacionline.com. Redactor en Aviación Comercial e Infraestructura. Product Manager. Basado en Rosario, Argentina, pero a uno o dos vuelos de cualquier lugar. edgardo@aviacionline.com

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