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Desde el cockpit – ¿Por qué la autoridad aeronáutica prorrogó vencimientos?

La industria aeronáutica está cada día más afectada por las consecuencias de la pandemia coronavirus COVID-19, en virtud de las medidas que se toman en cada país, que llevan a la reducción o suspensión de vuelos.

Al limitarse la posibilidad de realizar la totalidad de las operaciones previstas, se produce un impacto en sus trabajadores, con reducción de jornadas de trabajo, suspensiones temporarias y en algunos casos, despidos.

Pero «no hay mal que dure cien años», y si Dios quiere, la pandemia será controlada y la aviación volverá a resurgir, recuperándose los trabajos en las distintas áreas que la componen.

Para algunas actividades, las autoridades aeronáuticas exigen habilitaciones y certificados para quienes las desarrollan, como por ejemplo, pilotos, tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) y otro personal aeronáutico.

Esas habilitaciones y certificados, en general, tienen un vencimiento y su titular debe renovarlas.

Pero si debido a las medidas de cuarentena y restricciones tomadas por los distintos países, no resulta posible realizar cursos, exámenes, inspecciones, entrenamiento en simuladores para el caso de algunos pilotos, cuando resurja la actividad aeronáutica, muchos trabajadores tendrían sus habilitaciones y certificaciones vencidas y no podrían volver inmediatamente a la actividad, y con ello, no se cubrirían las necesidades de las empresas.

En palabras más sencillas, cuando las empresas aéreas necesiten que sus aviones vuelen nuevamente, sus tripulaciones y otros trabajadores, no podrían cumplir sus tareas si sus habilitaciones y certificados se encontrasen vencidas.

Estamos frente a una situación excepcional en el Mundo, y Argentina no es ajena a la misma.

La autoridad aeronáutica en la Argentina es la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil), quien hoy tomó la decisión de publicar una resolución que establece la prórroga por 90 días de ciertas habilitaciones y certificados del personal aeronáutico, que tuvieren vencimiento entre el 21 de marzo y el 31 de mayo.

Es decir, que a partir de la fecha de vencimiento indicada, se prorrogarán automáticamente por 90 días.

De este modo, las empresas podrán disponer de su personal cuando necesiten reanudar las operaciones aéreas.

Ahora bien, cuanto más grande sea la empresa, se requiere mayor anticipación y organización con los distintos vencimientos, no sólo de su personal, sino también de las tareas de mantenimiento e inspecciones de sus aeronaves.

Por ello, los nuevos vencimientos prorrogados, se juntarán con otros que todavía no estaban vencidos y que no tendrían prórroga, y se necesitará mayor disponibilidad y tiempo para organizar más cursos y turnos de simuladores.

Cuando «todo pase», quizás la reanudación de las operaciones aéreas no encuentre el mismo ritmo anterior a la reducción o suspensión.

La situación mundial por la pandemia podría requerir una constante revisión de las medidas que adopten las autoridades, para adaptarlas a una nueva realidad.

Link a la Resolución 101/2020 de ANAC

 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227098/20200321

 

@GaboAir

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Colaborador y asesor de Aviacionline.com. Piloto de línea aérea.

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