La Administración Nacional de Aviación Civil publicó ayer la Resolución 727/2019 a través de la cual se reglamenta la venta de pasajes con tasas «bonificadas» por las aerolíneas.
Hubo cierta confusión al respecto, dado que algunos interpretaron que la misma impondría limitaciones esa posibilidad, pero hacia la tarde desde el organismo aclararon que, al contrario, con esta resolución se habilita oficialmente esa práctica que las ultra low-cost venían rodeando a través de diferentes mecanismos. Es decir, esta reglamentación no implica limitar esas promociones que funcionan como un gran arma publicitaria para las compañías aéreas (esa «pérdida» en realidad es presupuesto de marketing).
«Como práctica comercial habitual, hasta ahora las líneas aéreas generaban promoción y comercialización de pasajes aéreos con precios que incluyen el pago de las tasas de seguridad y de uso de aeroestación por parte del pasajero, pero a partir de esta medida el transportador podrá hacerse cargo de las tasas y vender, si así lo quisiera, pasajes a $1 (un peso)», señalaron desde ANAC.
«Esto estará sujeto a ciertas condiciones a fin de evitar que, por medios directos o indirectos, se desvirtúen las prácticas leales y transparentes del mercado aerocomercial», agregaron.
En declaraciones realizadas ayer a la agencia oficial Telam, el titular de la ANAC, Tomás Insausti, había dicho que «normalmente las compañías venden promocionando hasta un 10 o un 20 por ciento del avión, pero esta reglamentación no pone límites a esa venta. Ese límite está establecido por otra norma, que tiene que ver con la defensa de la competencia. Una compañía no puede realizar una venta a pérdida durante mucho tiempo con la finalidad de licuar a la competencia».
Una de las principales críticas a la actual política aerocomercial desde algunos sectores es que las ultra low-cost tienen espaldas financieras lo suficientemente grandes para soportar ese tipo de condiciones, aunque claro, desde esas compañías también responden que lo mismo sucede con el grupo aéreo estatal (en el medio quedan empresas como Andes o Avian).
20191115 - Resolucion 727 ANAC tasas bonificadasEn la versión publicada ayer se explicaba que hasta el 10% de los asientos podrían ser comercializados con la bonificación de tasas, pero eso fue rectificado a través de la Resolución 802/2019 publicada este viernes, en la cual se detallan estas condiciones:
- informar fehacientemente al pasajero que continuará siendo el obligado al pago de las tasas y que podrá optar por renunciar a dicha oferta y mantener su obligación.
- Deberá liquidar y abonar las tasas alcanzadas por la promoción y comercialización de billetes de pasajes bajo esta modalidad, dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles administrativos del mes inmediato siguiente al de los respectivos embarques de los pasajeros adquirentes de tales billetes de pasajes.
«La política aerocomercial fomenta el acceso de más pasajeros a mayor cantidad de destinos, debiendo para ello adoptarse las medidas tendientes a cumplir con ese objetivo a nivel nacional, fijando pautas que alienten dicha accesibilidad», concluyeron desde ANAC.